domingo, 30 de enero de 2011

Tarifa de Correos. Correspondencia del Reino. (I)

A. Correspondencia interior. Cartas sencillas y dobles sin certificar.

En el Real Decreto de 24 de octubre de 1849 se establece un nuevo método y precios para el franqueo y certificación de la correspondencia. Se establece la división entre cartas sencillas y dobles y los tres modos de enviarlas por el correo: sin franquear, franqueadas y franqueadas y certificadas. Para las primeras se mantiene vigente la tarifa de 12 de agosto de 1845 y para las franqueadas con los nuevos sellos que se ponen a la venta el 1 de enero de 1850, con la tarifa vigente a partir de ese mismo día.

Esta situación de poder enviar cartas sin franqueo previo se mantiene hasta el 1º de julio de 1854 para las cartas dobles y hasta el 1º de julio de 1856 para las sencillas.

Para entender las tarifas que se detallan a continuación basta conocer que las unidades de peso son los adarmes y las onzas ( 1 onza = 8 adarmes) y respecto a la moneda se usan los reales y los cuartos (1 real = 8'5 cuartos).

Las tarifas son las siguientes:

  • Cartas sencillas (peso hasta 8 adarmes).
    • Francas: 6 cuartos
    • No francas:
      • Hasta 6 adarmes: 1 real
      • De 6 a 8 adarmes: 10 cuartos

    En cualquier caso, el ahorro era de 2'5 o 4 cuartos haciendo el franqueo previo.

  • Cartas dobles (entre 8 y 16 adarmes):
    • Francas: 12 cuartos
    • No francas:
      • De 8 a 12 adarmes: 15 cuartos
      • De 12 a 16 adarmes: 20 cuartos

    El ahorro, haciendo el franqueo previo era de 3 o de 8 cuartos.

    A partir de estos pesos, las cartas francas se incrementaban en 6 cuartos cada 8 adarmes y las no francas en 5 cuartos cada 4 adarmes.


Estas tarifas se mantienen hasta 1854. En las emisiones de 1850, 1851, 1852 y 1853 hay siempre un valor de 6 cuartos y otro de 12 cuartos, para las cartas sencillas y dobles respectivamente. Sin embargo lo normal era franquear las cartas dobles con dos sellos de 6 cuartos, lo que explica la rareza de las cartas franqueadas con sellos de 12 cuartos. Quizás éste hecho influyese en la desaparición del valor de 12 cuartos a partir de la emisión de 1 de enero de 1854.





Cuando la carta tenía un peso superior a 8 adarmes y menos de 16, pero se franqueaba con un solo sello de 6 cuartos era tasada con 1 real que debía ser pagado por el destinatario. En este caso se estampaba en el anverso de la carta dicho valor.



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